Nuevo caso de éxito: anulada tarjeta revolving de Caixabank

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En Solvendi Abogados, despacho especializado en derecho bancario y defensa de consumidores, hemos logrado una sentencia favorable en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Igualada (sentencia nº 121/2025, de 26 de mayo de 2025), que declara la nulidad radical del contrato de tarjeta revolving suscrito con Caixabank Payments & Consumer EFC EP, S.A. por usura en el tipo de interés remuneratorio (TAE 25,59%).
 
Este fallo, accesible en su integridad aquí, representa un triunfo para nuestro cliente y un precedente clave para quienes han sido afectados por tarjetas revolving con intereses elevados. Si tienes una tarjeta revolving de Caixabank y tus pagos no reducen la deuda, esta sentencia podría permitirte anular el contrato y recuperar lo pagado de más. A continuación, te ofrecemos un resumen explicativo detallado basado en el texto original de la sentencia, con los aspectos jurídicos más relevantes para que entiendas tus derechos y cómo actuar.
 

Aquí puedes leer la sentencia completa.

 

Contexto del caso: Contrato de Tarjeta Revolving con intereses usurarios

El caso se centra en un contrato de tarjeta revolving suscrito el 21 de septiembre de 2015, donde se pactó una TAE del 25,59%. Nuestro cliente demandó la nulidad principal por usura y, subsidiariamente, por abusividad de cláusulas que obligan a seguir pagando cuotas sin interés incluso tras amortizar el capital. Caixabank se opuso alegando transparencia y validez del interés, pero el juez estimó íntegramente la demanda principal.
 
La sentencia destaca que la TAE del 25,59% supera ampliamente el tipo medio de mercado para tarjetas revolving en 2015, configurando usura. El juez cita la STS 628/2015: «El contrato con un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso es nulo por usurario, sin necesidad de acreditar simultáneamente vicio en el consentimiento por parte del prestatario.»
 

Fundamentación jurídica: usura como causa principal de nulidad

El juez aplicó el artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura de 1908, declarando que el interés es usurario al superar el normal del dinero. Cita la STS 149/2020: «Para determinar si un interés es usurario, debe compararse con el tipo medio aplicado en el mercado en operaciones análogas. En el caso de tarjetas revolving, debe atenderse al tipo medio aplicado en este tipo específico de productos según estadísticas del Banco de España.»
 
La TAE del 25,59% fue considerada desproporcionada, llevando a nulidad radical. Subsidiariamente, se analizó la abusividad de cláusulas que imponen pagos sin interés tras amortizar capital, vulnerando equivalencia entre prestación y contraprestación (TJUE 14/03/2013, C-415/11).
 

Resultado de la Sentencia: nulidad y restitución

El fallo estima íntegramente la demanda: «Declaro la nulidad radical, absoluta y originaria del contrato de crédito suscrito entre las partes descrito en el primer fundamento de derecho por concurrir carácter usurario del tipo de interés remuneratorio pactado (TAE 25,59%), conforme a la Ley de 23 de julio de 1908.» Caixabank debe reintegrar cantidades abonadas que excedan del capital prestado, más intereses legales desde la interpelación judicial, e imponer costas a la demandada.
 

Implicaciones para consumidores con Tarjetas Revolving de Caixabank

Esta sentencia confirma que TAE alrededor del 25% en revolving son usurarias, permitiendo nulidad y devolución de intereses. Si tu tarjeta Caixabank tiene TAE similar, puedes reclamar, incluso si el contrato es antiguo.
 

Cómo reclamar tu Tarjeta Revolving con Solvendi Abogados

  1. Revisa tu TAE: Si >20%, hay indicios de usura.
  2. Consulta Gratuita: Llámanos al 900 831 282 o contacta a través de nuestro formulario online o whatsapp.
  3. Evaluación: Analizamos tu contrato.
  4. Demanda: A éxito, sin coste si no ganas.
 

Confía en Solvendi Abogados

Con victorias como esta, Solvendi Abogados es tu aliado contra Caixabank. Contacta hoy y recupera tu dinero.
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